En la forma más simple, se ha dicho que el derecho administrativo es "el derecho relativo a la administración", expresión esta que nos da un concepto cabal de materia. Este concepto se desprende del hecho de que la actividad administrativa (publica) engendra necesariamente relaciones entre ellas y los administradores; relaciones que requieren normas jurídicas para ser ordenadas y eficaces. Estas normas constituyen lo que se llama Derecho Administrativo.
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La esencia del Derecho administrativo radica en la defensa de los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, y ésta a su vez la racionalización del ejercicio del poder público en beneficio de la colectividad.
La posición de supremacía tiene su contrapartida, pues el Derecho administrativo impone límites y condiciones estrictas para el ejercicio de las potestades y prerrogativas de la Administración. No sólo atribuye poderes a la Administración sino que reconoce también derechos a los ciudadanos en sus relaciones con la Administración. En un Estado de Derecho la legislación administrativa es igualmente garante de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.
El Derecho administrativo español tiene raíces comunes al de otros Estados del continente europeo. Es un producto cultural, que se ha ido creando al ritmo de la construcción del Estado de Derecho, desde sus orígenes hace más de dos siglos, cuando se consolida la división de poderes y la garantía de los derechos de los ciudadanos ante los poderes públicos en el marco del Estado Constitucional.
La teoría liberal del Estado proclama también la supremacía de la ley, la esencia del Estado de Derecho, sin la que no existiría el Derecho administrativo. La ley es, en la concepción rousseauniana, la expresión de la voluntad general, aprobada por el Parlamento. La ley es "la misma para todos", no sólo eso, sino que en el Estado de Derecho la ley y la Constitución reconoce a todos por igual un conjunto de derechos y libertades que deben ser respetados por los poderes públicos y en particular por la Administración.
Sin embargo, la necesidad de asegurar el cumplimiento de la ley incluso por las autoridades y órganos administrativos, en garantía de los derechos de los ciudadanos y de la preciada seguridad jurídica, obligaba a establecer algún remedio jurídico a favor de los particulares y para combatir los abusos e ilegalidades. Consistió en un recurso jerárquico que el ciudadano podía formular ante el superior del funcionario que había adoptado la decisión de considerarse ilegal. La Constitución del año VIII atribuyó definitivamente la tramitación de los recursos al Consejo de Estado, compuesto por altos funcionarios y que ejercía también funciones consultivas del Gobierno. Así se cumplía la máxima establecida desde el período de la Revolución, según la cual "juzgar a la Administración es también administrar".
Por medio de su sección Contenciosa, esos órganos resolvían los recursos dirigidos contra las decisiones de la Administración activa. Al principio, sus resoluciones no tenían por sí mismas fuerza decisoria sino de propuestas no vinculantes a los órganos de Gobierno (sistema de justicia retenida), una vez consolidado el régimen democrático de la III República (1872), el Consejo de Estado y demás órganos tienen eficacia directa, semejante a la de una sentencia. Fue el Consejo de Estado el que, a través de una jurisprudencia creativa e innovadora, dedujo los principios, técnicas y conceptos que han servido para construir todo un sistema de Derecho administrativo. Un sistema que conjuga el reconocimiento de la capacidad de la Administración para servir con eficacia los intereses generales con la garantía de los derechos y de los legítimos intereses individuales colectivos de los ciudadanos y del respeto a la legalidad objetiva. No obstante, la solución dada por Francia al problema del control jurisdiccional de la Administración no fue admitida por otros Estados europeos.
9 3 de diciembre de ) Montaño Segura Miguel Ángel Las prácticas parareglamentarias de la Administración Pública Federal y su repercusión en el Sistema Jurídico Mexicano. Enero-diciembre de ) Mora Gallegos Francisco Salvador La concesión de los servicios públicos de agua potable y recolección de basura. 10 de septiembre de ) Morales Cortés Ligia La ética del servidor público. 9 de septiembre de ) Morán Vargas Paulina Socorro Análisis jurídico administrativo de la Normatividad de la Educación Superior en México. 28 de febrero de ) Muñoz Zuñiga Rodolfo Propuesta de Creación del Instituto Nacional de Geriatría, La geriatría un derecho de los mexicanos. 22 de enero de ) Nava Ruíz Margarita Cecilia Los pliegos de responsabilidades en la Administración Pública Federal. Enero- diciembre de ) Noguerón de la RoquettePedro Fuentes alternas para generar energía eléctrica. 27 de octubre de P á g i n a
29 La jornada de trabajo escalonada de los trabajadores al servicio del Estado a la luz de la Teoría Integral ) Morales Ortega Erick Daniel Examen General de Conocimientos. Especialidad. 7 de diciembre de ) Morales Ríos José Francisco La situación de los trabajadores en el juicio de quiebra ) Morán Vargas Paulina Socorro Análisis jurídico administrativo de la normatividad de la Educación Superior en México. 11 de marzo de Vocal. 89) Moreno Gómez Luis Miguel Estudio económico-social de los servicios públicos en el municipio de Chihuahua ) Muñoz Zúñiga Rodolfo Propuesta de Creación del Instituto Nacional de Geriatría, La geriatría un derecho de los mexicanos. 8 de febrero de Secretario. 91) Muro González Francisco Javier Justificación filosófica y jurídica del derecho a educar ) Nava Cristino Estefanie El Proceso Contencioso Administrativo en el Estado de Guerrero. 29 P á g i n a
43 6.2 Publicación de docencia Libros de autoría propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada, Oxford University, México Derecho administrativo Segundo curso, 5ª edición, Oxford UniversityPress, México, 2012, cada edición con numerosas reimpresiones. Derecho administrativo Primer curso, 6ª edición, Oxford UniversityPress., México, 2011, convertida en formato braille y audio libro (en el Aula Tlanextli para alumnos y profesores ciegos a través de LEPDER). Derecho administrativo Primer curso, 6ª edición, Oxford UniversityPress., México, 2011, cada edición con numerosas reimpresiones. Derecho administrativo1er. y 2º curso, 3ª edición, Oxford UniversityPress, México, 1998, cada edición con numerosas reimpresiones. Derecho administrativo Primer curso, 5ª edición, Oxford UniversityPress., México, 2004, cada edición con numerosas reimpresiones. Derecho administrativo Segundo curso, 4ª edición, Oxford UniversityPress, México, 2005, cada edición con numerosas reimpresiones. Derecho administrativo 3er. y 4º curso, 4ª edición, OxfordUniversityPress, México, 2005, cada edición con numerosas reimpresiones. Garantías constitucionales, Iure Editores, México, 2007, reimpresión Curso de derecho burocrático, Oxford UniversityPress, México (en preparación). Teoría constitucional, Iure Editores, México (en prensa). Derecho constitucional, Iure Editores, México (en prensa). Teoría general del Estado, Oxford UniversityPress, México (en preparación). Nociones de Derecho Positivo Mexicano, Oxford UniversityPress, México (en preparación). 43 P á g i n a
44 6.2.2 Artículos y capítulos de libros Antología de derecho administrativo,división de Universidad Abierta y Educación a Distancia, Facultad de Derecho, UNAM, México, Procedimiento Parlamentario de la Ley de Ingresos y Disposiciones Fiscales Complementarias (una investigación de Derecho Comparado), Secretaría de Hacienda y Crédito Público, México, 1978, 2 Volúmenes, trabajo colectivo Otros Guía de estudio de Derecho Administrativo II Publicación de la versión del módulo Introducción a los contratos administrativos. 6.3 Publicaciones y actividades de difusión Libros de autoría propia Diccionario Jurídico General, Iure Editores, México, (Edición electrónica) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos comentada, 6ª edición actualizada, Oxford UniversityPress, México Reglamento de Tránsito Comentado, Procuraduría Social, Limusa, México, Reglamento Gubernativo de Justicia Cívica para el Distrito Federal comentado, Procuraduría Social, Limusa, México, Diccionario Jurídico Harla: Derecho Administrativo, Harla, México, Legislación comentada de la Administración Pública Federal, Oxford, México, Diccionario de Derecho Administrativo, 2ª edición, Oxford UniversityPress, México, Glosario Jurídico Administrativo, Iure Editores, México, Glosario Jurídico Burocrático, Iure Editores, México, 2005, edición con numerosas reimpresiones. Glosario Jurídico Constitucional y Garantías, Iure Editores, México, P á g i n a
2. Reglamento: En el ámbito del Derecho Administrativo, Rafael Martínez Morales, lo define como un conjunto de reglas, normas, principios o pautas que rigen una actividad, la expresión por lo general se reserva a un cuerpo normativo de carácter jurídico, se le estudia como fuente de derecho y aparece en la pirámide jurídica debajo de la ley.2 Asimismo señala que para José Villar, es la disposición general para conductas futuras, imputable al apartado administrativo del Estado con rango inferior a la ley y forma y régimen típicos.3 2ff7e9595c
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